Relaciones con inmigrantes

Proporciona educación y recursos que ayudan a los gobiernos locales, socios comunitarios y otras entidades a comprender los problemas, las necesidades y las contribuciones de los inmigrantes.

Relaciones con los inmigrantes

En la Agencia de Servicios Sociales, creemos que los beneficios públicos fortalecen a las familias y contribuyen al bien común. Apoyamos el acceso a los servicios para todas las personas y familias que viven en el Condado de Alameda, independientemente de su estatus migratorio. Todas las personas deben tener acceso a atención médica, nutrición, vivienda y servicios esenciales para prosperar. Animamos a nuestros clientes y al público en general a contactar a cualquiera de nuestros proveedores de servicios de inmigración sin fines de lucro si tienen preguntas sobre cómo el uso de los beneficios públicos puede afectar su estatus migratorio.

¿Sabías?

En el condado de Alameda

  • El 31% de los residentes del condado nacieron en el extranjero.
  • El 43% habla un idioma distinto del inglés en casa
  • 1 de cada 2 niños tiene un padre nacido en el extranjero
Importante recordar
  • La información proporcionada a la SSA es confidencial y solo se utiliza para determinar la elegibilidad para recibir beneficios. Los servicios están disponibles para personas de cualquier estatus migratorio.

Carga pública

"Carga Pública" se refiere a una prueba utilizada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) para decidir quién puede ser admitido en Estados Unidos, quién puede renovar ciertas visas y quién puede obtener la residencia permanente legal (green card). El término se utiliza en la legislación migratoria para describir a alguien que probablemente dependa de prestaciones del gobierno para su sustento. Bajo la política actual, la mayoría de los inmigrantes sujetos a carga pública no son elegibles para ciertas prestaciones. La asistencia sanitaria, alimentaria y de vivienda no se considera en la evaluación de carga pública. Las únicas prestaciones consideradas son la "asistencia pública en efectivo para el mantenimiento de los ingresos" y la institucionalización a largo plazo financiada por el gobierno.

A partir de enero de 2025, el gobierno federal manifestó su intención de modificar las normas relativas a la carga pública. Para modificar esta política, el gobierno federal deberá emitir nuevas regulaciones.

En concreto, según la política actual:   

  • El tratamiento médico, las pruebas o los servicios preventivos no se consideran a efectos de carga pública.
  • El uso de Medi-Cal, CalFresh, vivienda pública y asistencia de alquiler con vales de la Sección 8 no se consideran al solicitar la residencia legal permanente o la entrada a los Estados Unidos.
  • Los únicos programas considerados al solicitar la residencia legal permanente o el ingreso al país son :
    • Programas de asistencia en efectivo, como CalWORKs, Asistencia General y SSI
    • Atención institucional a largo plazo pagada por Medi-Cal
  • La solicitud o recepción de beneficios para sus hijos, cónyuge u otros miembros de la familia NO se considerará en una evaluación de carga pública.
  • Muchos inmigrantes, como refugiados, asilados, beneficiarios del TPS, autopeticionarios de VAWA, aquellos con o que han solicitado visas de inmigrante afganas o iraquíes, o visas T o U, entre otros, están exentos de carga pública.

El condado de Alameda fue el primer condado de California en oponerse oficialmente a la expansión de la definición de carga pública en octubre de 2017. Seguimos comprometidos a apoyar políticas que protejan el bienestar de nuestra comunidad y buscaremos todas las vías para garantizar que la definición de carga pública no se amplíe injustamente bajo la administración actual.